Ley de Transparencia

1.2  MECANISMOS PARA LA ATENCIÓN AL CIUDADANO

NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE ITAGÜÍ

Atención Presencial:  Calle 85 No 48-01 Bloque 24 local 291 – Itagüí (Dentro de la Central Mayorista de Antioquia)

Atención Telefónica:   57+(4) 3224263 – 57+(301) 4113205

Correos Electrónicos:

Institucional: primeraitagui@supernotariado.gov.co

Para Notificaciones Judiciales: primeraitagui@supernotariado.gov.co

Para Reparto Notarial: primeraitagui@supernotariado.gov.co

Para Orientación e Información: contactonotariaprimeraitagui@gmail.com

Correo Físico o Postal: La Notaría Primera del Círculo de Itagüí dispone de la dirección Calle 85 No 48-01 Bloque 24 local 291 – Itagüí, Antioquia, Colombia, con código postal 055411 de acuerdo a los Servicios Postales Nacionales para la recepción de solicitudes de información de acuerdo a lo establecido en la resolución 3564 de 2015 – Anexo 1. Estándares para publicación y divulgación de información.

http://visor.codigopostal.gov.co/472/visor/

1.3 LOCALIZACIÓN FISICA Y HORARIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO

Atención Presencial:  Calle 85 No 48-01 Bloque 24 local 291 – Itagüí (Dentro de la Central Mayorista de Antioquia)

Horarios de Atención al Público:

Lunes a Jueves: 7:00 am a 12:30 pm  – 2:00 pm a 5:15 pm

Viernes: 7:00 am a 12:30 pm  – 2:00 pm a 5:30 pm

Sábados de Turno: 8:00 am a 12:00 pm

Sábados de Turno:

Octubre: 10 y 24

Noviembre: 7 y 21

Diciembre: 5 y 19

Enero 2021: 2, 16 y 30

Ingrese aquí para conocer la resolución de turnos completa

Chat : Para peticiones de orientación e información ingrese al siguiente enlace: Notaria1itagui

Lunes a Jueves: 7:00 am a 12:30 pm  – 2:00 pm a 5:15 pm

Viernes: 7:00 am a 12:30 pm  – 2:00 pm a 5:30 pm

Sábados de Turno: 8:00 am a 12:00 pm

¿QUE ES UNA PQRS?

 Petición: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones.

 Reclamo: Es el derecho que tiene toda persona de exigir, reivindicar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad. 

 Solicitud de acceso a la información pública: Según el artículo 25 de la Ley 1712 de 2014 “es aquella que, de forma oral o escrita, incluida la vía electrónica, puede hacer cualquier persona para acceder a la información pública. Parágrafo En ningún caso podrá ser rechazada la petición por motivos de fundamentación inadecuada o incompleta.”


Para ingresar al formulario electrónico de peticiones, quejas, reclamos y solucitudes haga click aquí.
 

1.5 POLITICAS DE SEURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

 

Aviso de Privacidad

Politica de Tratamientos de datos personales

Manual de Políticas de Seguridad de la Información del Sitio Web

 
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